Fundación Naturgy / V3.2 / Módulo profesional de Sostenibilidad aplicada al sistema productivo

136 I Cuota del 2% Según la Ley General de Discapacidad (LGD), en su artículo 42.1, aquellas empresas públicas y privadas que emplean a 50 o más trabajadores (cómputo total de empleados) están obligadas a que, al menos, el 2% de estos tengan el certificado de discapacidad (porcentaje de discapacidad igual o superior al 33%). Imposibilidad para contratación directa 1. Inexistencia de candidatos en el servicio público de empleo 2. Motivos organizativos, productivos, técnicos y económicos Certificado de excepcionalidad (válido para 3 años) Medidas alternativas –RD 364/2005– Contrato con CEE (Centro Especial de Empleo) Celebración de un contrato mercantil o civil con un CEE o con un trabajador autónomo con discapacidad para la compra de bienes, prestación de servicios o constitución de un enclave laboral. 3 x IPREM12 x n.° pax. Donación Destina la donación a la inserción laboral y creación de empleo de personas con discapacidad. 1,5 x IPREM12 x n.° pax. Enclave laboral Contrato entre la empresa y un Centro Especial de Empleo para la realización de obras y servicios que guarden relación directa con la actividad principal de la empresa. 3 x IPREM12 x n.° pax. Fuente: Elaboración propia a partir de Diversidad e Inclusión. Fundación Adecco.

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