Fundación Naturgy / V3.1 / Módulo profesional de Sostenibilidad aplicada al sistema productivo
170 I 2.10 Derecho a la alimentación, educación, salud 2.10.1. Derecho a la alimentación ¿Qué es el derecho a la alimentación? Este principio establece que todos los seres humanos tenemos derecho a tener una alimentación adecuada y el derecho fundamental a no padecer hambre. Esto obliga a los Estados a respetar, proteger, promover, facilitar y materializar este derecho. También a proporcionar los recursos y herramientas necesarias que favorezcan la producción, obtención y compra de alimentos suficientes. O lo que es lo mismo, que construyan el escenario para que las personas puedan procurarse una alimentación adecuada por sí mismos. Por lo tanto, el derecho a la alimentación significa hacerlo en condiciones de dignidad. Sólo cuando las personas no pueden (debido a conflictos armados o desastres naturales, por ejemplo) el Estado (de forma individual o mediante la cooperación internacional) está obligado a proveer a la población de estos alimentos. ¿Cómo promoverlo? El Consejo de la FAO aprobó en noviembre de 2004 las Directrices Voluntarias sobre el Derecho a la Alimentación. En ellas se recogen un amplio abanico de políticas y medidas que abarcan áreas tales como producción agrícola, inocuidad de los alimentos, nutrición, agua, salud, protección social, empleo decente o acceso a los recursos. Hay muchos países que las han tomado como referencia para establecer medidas dentro de sus fronteras o regiones. Es el caso del Frente Parlamentario contra el Hambre en América Latina y el Caribe que recoge más de 20 leyes sobre seguridad alimentaria y nutricional Como hemos visto, el papel de los Estados es fundamental para lograr que el derecho a la alimentación se ejerza de forma universal. Además, están obligados a adoptar las medidas necesarias para mitigar y erradicar el hambre. El reconocimiento internacional de este derecho y las obligaciones de los Estados están recogidos en varios textos: • La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948). En su artículo 25 establece que toda persona: “tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios”. • El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU de 1966 ratificado por 164 países. En el artículo 11 también se reconoce como derecho fundamental el contar con la protección contra el hambre. Además, se obliga a los Estados a tomar medidas y políticas (de forma individual o mediante la cooperación internacional) para hacer efectivo este derecho. De forma específica, también aparece reconocido en otros textos que recogen los derechos de colectivos específicos. Es el caso de la Convención sobre los Derechos del Niño (artículos 24 y 27), la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (artículo 12) y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (artículo 25 y 28) Desafío 2030: hambre cero El ODS 2 persigue poner fin al hambre. En 2022, según datos de Naciones Unidas, más de 700 millones de personas, o el 10% de la población mundial, se encontraban en estado de hambre crónica, un aumento vertiginoso en comparación con 2019. El nivel de hambre en el mundo ha retrocedido a cifras no vistas desde 2005, y los precios de los alimentos siguen siendo más elevados en más países en comparación con el período
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