Fundación Naturgy / V3.1 / Módulo profesional de Sostenibilidad aplicada al sistema productivo

I 163 Vol. 3.1 Módulo profesional de Sostenibilidad aplicada al sistema productivo Pacto Mundial (Global Compact) El pacto Mundial de las Naciones Unidas (Ver apartado 1.2.2) recoge entre sus Diez Principios universales dos directamente enfocados al cumplimiento de los derechos humanos y cuatro relativos al respeto de las normas laborales para promover en el sector empresarial: Principio 1 Las empresas deben apoyar y respetar la protección de los derechos humanos fundamentales, reconocidos internacionalmente, dentro de su ámbito de influencia. Principio 2 Las empresas deben asegurarse de que sus socios y colaboradores no son cómplices en la vulneración de los Derechos Humanos. Principio 3 Las empresas deben apoyar la libertad de afiliación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva. Principio 4 Las empresas deben apoyar la eliminación de toda forma de trabajo forzoso o realizado bajo coacción. Principio 5 Las empresas deben apoyar la erradicación del trabajo infantil. Principio 6 Las empresas deben apoyar la abolición de las prácticas de discriminación en el empleo y la ocupación. Principios Rectores de Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos El 16 de junio del 2011 el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas aprobó en su resolución 17/4 los “Principios Rectores sobre las empresas y los Derechos Humanos”. Estos Principios Rectores (PPRR) asignan roles y responsabilidades para los dos principales actores involucrados en la cuestión de los impactos empresariales en derechos: Estados y empresas. Esta asignación de responsabilidad a la empresa se convirtió en una novedad ya que los derechos humanos estaban tradicionalmente unidos a obligaciones de los estados. Hasta el nacimiento de los Principios Rectores, el papel de garante de los derechos humanos había correspondido únicamente a los países. Sin embargo, ante el auge de la globalización se hacía necesario regular el respeto de los derechos humanos por parte del resto de actores, principalmente por parte de las empresas, cuyos negocios tienen influencia a nivel internacional y amplias repercusiones sobre los derechos humanos. Esto condujo a Naciones Unidas a crear este marco de actuación, encargando la dirección del proceso al profesor de Harvard John Ruggie, al que nombró representante especial de Derechos Humanos y Empresas. Es por ello por lo que estos Principios se conocen también bajo el nombre de “Principios Ruggie”. De este modo, después de seis años de investigación y consultas, con la participación de gobiernos, empresas, asociaciones empresariales, sociedad civil, individuos y grupos afectados, inversores y otras personas de todo el mundo; en 2011 los Principios Rectores de Empresas y Derechos Humanos vieron por fin la luz. El propósito final de éstos es proporcionar un marco global para prevenir y abordar el riesgo de impactos adversos sobre los derechos humanos vinculados a la actividad empresarial a la vez que proporcionan las herramientas a la sociedad civil, a los inversores y a otros actores para medir los progresos de las empresas en el cumplimiento de su responsabilidad de respetar los derechos humanos. Si bien este marco no es vinculante legalmente, comporta una norma de conducta mundial aplicable a todas las empresas, con independencia del lugar en el que operen, adicional a la del cumplimiento de las leyes nacionales. Lectura recomendada Declaración completa de los Derechos Humano, Naciones Unidas https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of-human-rights

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