Fundación Naturgy / Comprendiendo la pobreza energética

Fundación Naturgy 114 Comprendiendo la pobreza energética: un análisis de la persistencia principios: la universalidad de las fuentes de suministro, tanto eléctricas como térmicas; la automatización, siendo la Administración quien daba trámite a las solicitudes; y la coordinación del Ministerio de Transición Ecológica con otras Administraciones Públicas, tanto de índole autonómico como local. Medida 5. Garantía del suministro mínimo vital Esta medida pretende extender en cuatro meses la prohibición de interrupción del suministro energético ya recogida en la normativa, para consumidores con un nivel muy reducido de recursos. Durante el período de cuatro meses se debe adaptar el suministro de dichos consumidores al Suministro Mínimo Vital. Esta medida requiere la colaboración entre el Ministerio de Transición Ecológico y la administración autonómica y local y la realización de un estudio que analice los parámetros técnicos mínimos para garantizar las condiciones mínimas de bienestar de los hogares. El cuarto eje de actuación persigue dos objetivos: por un lado, la protección a los consumidores y, por otro lado, l a concienciación social. Por consiguiente, se plantean tres líneas de intervención distintas, que se concretan en ocho medidas. La implementación de esta medida también exige la colaboración de los servicios sociales para poder identificar correctamente a los consumidores vulnerables. La ENPE establece que la duración de esta medida será indefinida y revisada semestralmente. Medida 6. Protección de los consumidores en situaciones meteorológicas extremas Esta medida establece la prohibición de la interrupción del suministro eléctrico ante situaciones meteorológicas extremas. Para ello, requiere la definición de “situación meteorológica extrema” y la identificación de las fuentes de energía, agentes obligados y normativa a modificar. Esta medida, de duración indefinida, fija que sea aplicada por parte del Ministerio de Transición Ecológica, con la colaboración de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) –responsable de aportar la información necesaria a los agentes obligados–.

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