El empleo de las mujeres en la transición energética justa en España / Vol.1

122 Intersecciones entre género y vulnerabilidad Según el Ministerio de Igualdad las mujeres más vulnerabilizadas en España son mujeres ex-presidiarias, prostituidas o víctimas de trata, toxicómanas, víctimas de violencia de género, aquellas en familias monomarentales o mujeres mayores que viven solas, junto a las solicitantes de asilo . En estos casos, la vulnerabilidad se alimenta de procesos que superan el marco de lo económico o financiero. Junto a las causas estructurales que explican por qué las mujeres tienen más posibilidades de encontrarse en situación vulnerable destaca la brecha de género en el mundo laboral: en la mayoría de indicadores relativos al empleo la distancia entre hombres y mujeres es remarcable; y, en el mercado laboral español las mujeres siguen teniendo dificultades para acceder a empleos de calidad y para ascender en sus puestos de trabajo. Aspectos socioculturales como los roles y estereotipos de género emergen al abordar las brechas salariales, y su mantenimiento o reforzamiento explican la segregación vertical y horizontal, entre otros , pues vinculan las posiciones laborales mejor remuneradas, más visibles y con mayor responsabilidad a los hombres, y la discriminación directa e indirecta en el trabajo se manifiesta en no pocas ocasiones en las características del puesto que se ofrece. De esta forma, los sectores de actividad más invisibilizados, peor retribuidos, así como los que suelen generar contratos temporales y a jornada parcial, están fuertemente feminizados , y el patrón sigue operando tras la consolidación de la protección integral de la ley Orgánica 3/2007, que vela por la igualdad efectiva de mujeres y hombres . Además, en adición a las características socioeconómicas generales que condicionan el tipo de empleo al que puede acceder una mujer -como el nivel educativo, la edad y la antigüedad en el empleo-, y que son medidas por dichos estereotipos de género, debemos considerar otros ejes de poder y estratificación social que aumentan la posibilidad de estar en situación vulnerable: la racialización, la orientación sexual, o como se ha visto, la edad o la condición jurídica, son aspectos fundamentales a tener en cuenta, especialmente para las mujeres migrantes. 19 Ministerio de Igualdad. Instituto de las Mujeres (2023). Mujeres en situaciones de vulnerabilidad. Otras situaciones en riesgo de exclusión social. Disponible para consulta online en: https://www.inmujeres.gob.es/areasTematicas/multiDiscriminacion/mujeresVuln/ home.htm [Consultado por última vez el 23/02/2023]. 20 Confederación Española de Organizaciones Empresariales (2019). Análisis de la brecha salarial de género en España. Identificando las causas para encontrar las soluciones. Disponible para consulta online en: https://www.pwc.es/es/publicaciones/diversidad/analisis- brecha-salarial-genero-espana-ceos-pwc.pdfv [Consultado por última vez el 23/02/2023]. 21 Hay discriminación directa cuando una persona es tratada de manera menos favorable que otra en la misma situación, por razón de sexo o circunstancias asociadas al mismo, sin justificación objetiva y razonable. Son ejemplos: los despidos por embarazo; las diferencias salariales injustificadas en un puesto de igual valor si quien desempeña el puesto es mujer/hombre; las diferencias en las oportunidades de ascenso o promoción; no reconocer de igual manera los mismos méritos; y el acoso sexual y el acoso por razón de sexo. En cambio, la discriminación es indirecta cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutra perjudica más a los miembros de un sexo -salvo que ésta sea adecuada, necesaria y justificada con criterios objetivos, esto es, las acciones positivas. Son ejemplos de ésta, la diferencia de trato en los derechos de conciliación familiar y laboral y las excusas respecto al requisito del esfuerzo f ísico o cualquier otro que sea predominante en un género, pero que no tenga ninguna relación con el desempeño del puesto de trabajo. 22 Gobierno de España (2007). Boletín Oficial del Estado. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Disponible para consulta online en: https://www.boe.es/eli/es/lo/2007/03/22/3 [Consultado por última vez el 23/02/2023].

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